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Hoy hemos charlado largo y tendido con Vicent sobre el art. 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. Veremos cuales son los pasos a seguir para ponerles fin a las actividades molestas y nos dará algunos consejos muy útiles🔝

Te recomendamos ver esta entrevista sobre Actividades molestas en comunidades, porque Vicent nos da algunos consejos muy interesantes desde su experiencia como abogado, sobre como abordar un problema habitual y gestionarlo de la mejor forma.

En primer lugar hay que tener en cuenta que las actividades molestas son muy habituales y pueden ser mas o menos objetivas. Por eso conviene tratar de solucionar todos estos problemas de forma pacífica entre vecinos, sin que las cosas vayan a mayores, y se tomen decisiones que afecten a la convicencia.

Hay que tener en cuenta que judicializar un asunto inmediatamente, a pesar de tener razón y motivos, de seguro nos creará una enemistad con ese vecino para siempre. Tenemos que pensar en futuro, con perspectiva, pensando en la convivencia con ésta persona y los encuentros por el edificio. Por lo tanto ante éstas actividades molestas en tu comunidad, antes de recurrir a abogados hay servicios de mediación. Existen administradores encargados de este tipo de problemas para resolverlos de forma fácil, sin juicios de por medio, y dejando todo en un roce puntual.

Para cualquier administrador de fincas, los problemas referentes a las actividades molestas en las comunidades de propietarios, es algo muy habitual en el día a día. Pero, como muy bien nos explica Vicent Estruch en la entrevista, existen diferencias legales entre Actividades molestas y Molestias. ¿Qué opciones tienen las comunidades de propietarios?. ¿Qué pasos hay que dar para cesar con dichas actividades molestas en tu comunidad?. Puedes consultar y descargar el art.7.2 de la Ley de Propiedad horizontal donde podrás ver todos los pasos a seguir.